21 julio 2008

Nuevo Reglamento de Firmas y Certificados Digitales

Mediante Decreto Supremo 052-2008-PCM, publicado el 20.07.2008 en el Diario El Peruano, la Presidencia de Consejo de Ministro (PCM) aprobó el Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, derogándose el Decreto Supremo 004-2007-PCM. La actualización de este Reglamento ocurre luego del alud de Decretos Legislativos promulgados por el Ejecutivo al amparo de sus facultades legislativas, y busca formar un engranaje con aquellos.

Por otro lado la puesta en marcha de aplicaciones web dentro de la Administración Pública hacía necesario otorgar un esquema de trabajo que permita regular el uso intensivo y extensivo de trámites y documentos vía Internet. El reglamento establece las condiciones y responsabilidades que deberán asumir las instituciones que empleen este sistema para realizar transacciones o trámites. Entre las aplicaciones web que ya están funcionando tenemos La Ventanilla Única de Comercio Exterior, la Constitución de Empresa en Línea, El Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios-RTPS. Asimismo se encuentran en proyecto el Recibi por Honorarios Electrónico, la Factura Electrónica, los Libros Contables Electrónicos, etc.

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En esta línea, el nuevo Reglamento ha incorporado el Capítulo II De la Prestación de Servicios de Gobierno Electrónico y de la Certificación Digital a cargo del Estado que establece los aspectos generales, y secciones sobre las transacciones de gobierno electrónico en la que intervienen prestadoras de servicios de certificacion digital públicos y de los centros de acceso ciudadano. Asimismo se ha trabajado más en el título III De la Autoridad Administrativa Competente, así como en el Glosario de Términos que aparece más completo que en el anterior Reglamento.

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